{"id":1317,"date":"2020-08-31T23:46:13","date_gmt":"2020-08-31T23:46:13","guid":{"rendered":"https:\/\/elmitin.do\/?p=1317"},"modified":"2022-02-16T16:52:38","modified_gmt":"2022-02-16T16:52:38","slug":"un-domingo-cualquiera-con-abel","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elmitin.do\/en\/municipalidad\/un-domingo-cualquiera-con-abel\/","title":{"rendered":"Un domingo cualquiera con Abel"},"content":{"rendered":"\n<p>El alcalde del municipio de Santiago, Abel Mart\u00ednez, desde tomar el poder en el 2016 ha asumido una posici\u00f3n intolerante hacia los inmigrantes haitianos y dominicanos de ascendencia haitiana. El racismo, seg\u00fan la RAE es la \u201cexacerbaci\u00f3n del sentido racial de un grupo \u00e9tnico que <strong>suele motivar la discriminaci\u00f3n o persecuci\u00f3n de otro u otros con los que convive<\/strong>\u201d. Tomando esta definici\u00f3n en cuenta y una serie de acciones que ponen en evidencia que la Alcald\u00eda de Santiago, m\u00e1s que motivar, ha tomado en sus propias manos la persecuci\u00f3n de haitianos y descendientes de haitianos (con el m\u00e1s reciente ejemplo el pasado domingo) no es una exageraci\u00f3n establecer que el gobierno local sigue una pol\u00edtica racista. Dentro de los adeptos, hay grupos nacionalistas e individuos que llevan lemas como \u201cla defensa de la soberan\u00eda nacional\u201d y que ven en Abel Mart\u00ednez la autoridad que por fin \u201cse puso los pantalones\u201d con el tema migratorio. <\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"576\" src=\"https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/abel-collage-01-1024x576.jpg?v=1598915199\" alt=\"\" class=\"wp-image-1324\" srcset=\"https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/abel-collage-01-1024x576.jpg 1024w, https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/abel-collage-01-300x169.jpg 300w, https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/abel-collage-01-768x432.jpg 768w, https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/abel-collage-01-1536x864.jpg 1536w, https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/abel-collage-01-215x120.jpg 215w, https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/abel-collage-01.jpg 1920w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Historial de abuso de poder y racismo<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p><br>Su lema de campa\u00f1a en el 2016 \u201cEs tiempo de vivir en orden\u201d despert\u00f3 algunas alarmas por su parecido con lemas trujillistas que apelaban a la batuta, la legalidad y el orden como subterfugio para cometer atropellos contra las libertades individuales. Esta frase adquiri\u00f3 un significado intimidatorio, coercitivo y violento cuando la polic\u00eda municipal, con la anuencia del reci\u00e9n electo alcalde, se dio a la tarea de romper y <a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?v=cjdqy7s2SwY\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">robar mercanc\u00eda a la vez que golpeaban vendedores ambulantes desde el 2017<\/a>. Su accionar violento en contra de ciudadanos\/as es diametralmente opuesto a su finalidad principal: \u201cSalvaguardar la seguridad ciudadana\u201d (art.255, Constituci\u00f3n).\u00a0<br><\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se han reportado casos donde agentes de la polic\u00eda municipal arrestan arbitrariamente a inmigrantes haitianos, en franca violaci\u00f3n a La Ley 285 sobre migraci\u00f3n, que estipula que \u201cla deportaci\u00f3n o expulsi\u00f3n dispuesta por la Direcci\u00f3n General de Migraci\u00f3n deber\u00e1 ser motivada [&#8230;]. La decisi\u00f3n de la autoridad migratoria est\u00e1 obligada a preservar los <strong>principios de legalidad de un debido proceso<\/strong>\u201d (art. 137), el cual se realizar\u00e1 \u201ccon <strong>el debido respeto a los derechos humanos<\/strong>, conforme lo disponen las Leyes vigentes y los acuerdos ratificados por la Rep\u00fablica Dominicana\u201d (art. 27). Uno de estos casos fue en <a href=\"https:\/\/teleantillas.com.do\/nacionales\/en-santiago-policias-municipales-se-hacen-pasar-por-agentes-de-migracion\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">octubre del\u00a0 2018<\/a>, cuando la polic\u00eda municipal subi\u00f3 forzosamente a dos inmigrantes a una camioneta en la calle 16 de agosto y esto fue grabado en c\u00e1mara. Esta pr\u00e1ctica asumida por la nueva alcald\u00eda provoc\u00f3 la denuncia del Observatorio de Derechos Humanos para Grupos Vulnerabilizados (ODHGV) que se\u00f1alaron en ese momento que se estaba violando \u201cla dignidad y los derechos humanos de los nacionales haitianos al subirlo a una camioneta como si estuvieran haciendo de agentes de migraci\u00f3n\u201d.\u00a0<br><br>La misma ret\u00f3rica anti-haitiana ha sido continuada por el alcalde durante todos estos a\u00f1os y resurge con cierta frecuencia. Ha advertido sobre una futura invasi\u00f3n, ha hecho denuncias sobre la falta de conciencia medioambiental de los haitianos, da opiniones sobre la pol\u00edtica migratoria del gobierno y ha llegado tan lejos como declarar que \u201cNo permitiremos ilegales extranjeros en las calles, en este caso haitianos, la ley lo proh\u00edbe\u201d, en desmedro de los derechos fundamentales estipulados por la Constituci\u00f3n para <strong>todas<\/strong> las personas (incluyendo inmigrantes, sean documentados o indocumentados).<br><br><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"608\" src=\"https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/recursos-21-1024x608.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-1332\" srcset=\"https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/recursos-21-1024x608.png 1024w, https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/recursos-21-300x178.png 300w, https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/recursos-21-768x456.png 768w, https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/recursos-21-1536x912.png 1536w, https:\/\/elmitin.do\/wp-content\/uploads\/2020\/08\/recursos-21-2048x1215.png 2048w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><br><strong>Video del alcalde sacando a un grupo de personas por \u201cjuegos de azar\u201d<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p><br>En el \u00faltimo episodio de la pol\u00edtica de persecuci\u00f3n de quien sea que tenga facciones haitianas, la Alcald\u00eda de Santiago public\u00f3 en sus redes sociales un video evidentemente escenificado donde el alcalde, Abel Mart\u00ednez, llega a un parque en el Cerro de Papat\u00edn (un barrio desfavorecido de la ciudad) para reprender y finalmente echar del lugar a un grupo de personas que seg\u00fan la descripci\u00f3n practicaban \u201cjuegos de azar (dados) en un \u00e1rea de recreaci\u00f3n\u201d. El delito, seg\u00fan la alcald\u00eda, fue que \u201clos parques son para el disfrute de la familia\u201d y lo que se estaba haciendo all\u00ed era ilegal.\u00a0<br><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/lh4.googleusercontent.com\/RFtO6Ov3c5UCAf63HEgG45x93wa5FNQZM9B_RsgVAdC76Y72Ekf9GuOI9j-ffY-vuZPgAw69vcB_bmDSWS6odKMv7OEM4M9tBcdB_noRoIBCByVOBHZCwP2buh1GABPPJ0ANLCKB\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>Si la acusaci\u00f3n es que los ni\u00f1os y adultos que estaban all\u00ed estaban jugando \u201cjuegos de azar\u201d, dados en espec\u00edfico, lo m\u00e1s conveniente ser\u00eda definir a qu\u00e9 exactamente se refiere esta actividad, c\u00f3mo y porqu\u00e9 est\u00e1 regulado en las leyes dominicanas. El marco jur\u00eddico dominicano solo contempla y regula , mediante el Ministerio de Hacienda, los juegos de azar de \u201ccasinos de juegos y m\u00e1quinas tragamonedas\u201d y se ha extendido tambi\u00e9n a las bancas de loter\u00eda. La Ley 351 sobre expedici\u00f3n de licencias para el establecimiento de juegos de azar es la \u00fanica de su tipo y busca controlar las <strong>negocios<\/strong> informales de salas de juegos de azar para asegurar el \u201ccorrecto funcionamiento y transparencia de la actividad y de los intereses colectivos\u201d. Esta ley hace un \u00e9nfasis especial en las m\u00e1quinas tragamonedas, debido a su proliferaci\u00f3n \u201cincluso en lugares visitados por menores\u201d. La ley procede a explicar los requisitos y procedimientos para adquirir una licencia para el establecimiento de este tipo de negocios, los impuestos a pagar y el destino de esos ingresos. Sin embargo, en <strong>ning\u00fan <\/strong>lugar se estipulan los juegos de azar que se practican en lugares abiertos de forma recreativa o sin finalidad empresarial. Por otro lado, la ley 176-07, base legal de los ayuntamientos, tampoco menciona los juegos de azar ni una sola vez.<br><\/p>\n\n\n\n<p>Por dem\u00e1s, no es t\u00edpico uno encontrarse un grupo de personas, y mucho menos ni\u00f1os, jugando dados un domingo en un parque. Por el contrario, s\u00ed lo es el juego de \u201cbellugas\u201d o canicas, un juego tradicional dominicano, que consiste en usar una canica desde una distancia predeterminada para sacar las canicas del contrincante de un c\u00edrculo (que se ve en el video). Aqu\u00ed no se apuesta dinero sino que se ganan las canicas que logras sacar. De ninguna forma este juego podr\u00eda ser considerado de azar.&nbsp;<br><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/lh5.googleusercontent.com\/1bjvYXxfwPaA8GKtYO1U41D60h1a0eBdJ9iLH-lXf71GVpHeEvLbv7RF3a7YTJEQyEYh0sgaOzRyJUEzU9XYRDc7NWStgLK0NkLRDy0nAUrzQO6eBWNYrl1yvTzfgco4VksnPkCh\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>En el video (minuto 0:32) se ven unos ni\u00f1os corriendo a recoger del piso lo que, por su cantidad y su propiedad de rodar, parecen ser canicas y otro molest\u00e1ndose porque se las estaban quitando. Es importante notar que en la acusaci\u00f3n que hace, la alcald\u00eda nunca muestra dados y nunca aparece dinero en el video.\u00a0<br><br><\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfQu\u00e9 otras leyes infringe el alcalde?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p><br>En primer lugar, la competencia de recabar informaci\u00f3n, analizar y formular pol\u00edticas migratorias est\u00e1n reservadas al gobierno central, encabezado por la Direcci\u00f3n General de Migraci\u00f3n, dependencia del Ministerio de Interior y Polic\u00eda, no a las autoridades municipales (ver Ley 285 sobre Migraci\u00f3n). Si bien el Ayuntamiento tiene la competencia de normar y gestionar el espacio p\u00fablico, incluyendo el uso de las \u00e1reas verdes, parques y jardines, debe hacerlo bajo los l\u00edmites de la legalidad. Dentro de las competencias compartidas, que son aquellas en donde diferentes instituciones del Estado colaboran, no se contempla ninguna relativa a la inmigraci\u00f3n. Por lo que, al Ayuntamiento hacer alusi\u00f3n al estatus legal de quienes suponen son inmigrantes haitianos, sin contemplaci\u00f3n del debido proceso o de las instituciones erigidas para tales fines, incurre en el abuso del poder y usurpaci\u00f3n de funciones. La extralimitaci\u00f3n de poderes del Alcalde es un elemento b\u00e1sico del caciquismo, o la concentraci\u00f3n de poder en una sola persona en la vida social y pol\u00edtica de una comunidad.\u00a0<br><\/p>\n\n\n\n<p>En segundo lugar, el uso del espacio p\u00fablico es un derecho perteneciente a todo mun\u00edcipe. Una violaci\u00f3n o impedimento del disfrute de este derecho constituye el rompimiento con lo establecido, no solo en la Ley 176-07 de los municipios que establece como derecho el \u201cuso de los servicios p\u00fablicos municipales\u201d, sino tambi\u00e9n de la Constituci\u00f3n. La Constituci\u00f3n, la cual el alcalde Abel Mart\u00ednez debe conocer a la perfecci\u00f3n debido a que fue durante su mandato como presidente de la C\u00e1mara de Diputados que se aprob\u00f3 su \u00faltima modificaci\u00f3n (2015), establece una serie de libertades que son fundamentales y que diferencian un Estado de derecho y democr\u00e1tico de un r\u00e9gimen autoritario y dictatorial. Entre estas est\u00e1 la libertad de reuni\u00f3n, que dispone que \u201ctoda persona tiene el derecho de reunirse, sin permiso previo, con fines l\u00edcitos y pac\u00edficos\u201d.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p><br>De igual forma, se supone vivamos debajo de un Estado igualitario despu\u00e9s de que hayamos rechazado, tras la muerte de Trujillo en 1961, el orden social colonial y post-colonial donde exist\u00eda la esclavitud, discriminaci\u00f3n por color de piel y la estratificaci\u00f3n en clases sociales que gozaban de diferentes derechos. De all\u00ed la importancia del derecho a la igualdad (art. 39, Constituci\u00f3n) que precisa que \u201ctodas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la<strong> misma protecci\u00f3n y trato de las instituciones, autoridades y dem\u00e1s personas<\/strong> y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminaci\u00f3n por razones de g\u00e9nero,<strong> color<\/strong>, edad, discapacidad, <strong>nacionalidad<\/strong>, v\u00ednculos familiares, lengua, religi\u00f3n, opini\u00f3n pol\u00edtica o filos\u00f3fica, condici\u00f3n social o personal.\u201d La Constituci\u00f3n, reconocedora de la importancia del principio de igualdad, no se queda como legislador negativo y va m\u00e1s lejos: le exige al Estado dominicano adoptar medidas \u201cpara prevenir y combatir la discriminaci\u00f3n, la marginalidad, la vulnerabilidad y la exclusi\u00f3n\u201d (numeral 3, art. 39). <\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El alcalde del municipio de Santiago, Abel Mart\u00ednez, desde tomar el poder en el 2016 ha asumido una posici\u00f3n intolerante hacia los inmigrantes haitianos y dominicanos de ascendencia haitiana. <!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>","protected":false},"author":7,"featured_media":1333,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"pgc_meta":"","footnotes":""},"categories":[367,373],"tags":[146],"class_list":["post-1317","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-municipalidad","category-santiago","tag-derechos-humanos"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1317","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1317"}],"version-history":[{"count":9,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1317\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1334,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1317\/revisions\/1334"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1333"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1317"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1317"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1317"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}