{"id":3953,"date":"2022-05-24T20:09:49","date_gmt":"2022-05-24T20:09:49","guid":{"rendered":"https:\/\/elmitin.do\/?p=3953"},"modified":"2022-05-24T21:43:53","modified_gmt":"2022-05-24T21:43:53","slug":"el-senado-aprobo-una-ley-que-censura","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elmitin.do\/en\/congreso\/el-senado-aprobo-una-ley-que-censura\/","title":{"rendered":"\u00bfEl Senado aprob\u00f3 una ley que censura?\u00a0"},"content":{"rendered":"<p>Desde la aprobaci\u00f3n del <em>Proyecto de Ley que regula la protecci\u00f3n al derecho a la intimidad, el honor, el buen nombre y la propia imagen, propuesto por la senadora Melania Salvador (PRM),<\/em> se han generado opiniones encontradas entre la ciudadan\u00eda, l\u00edderes de opini\u00f3n y medios de comunicaci\u00f3n, temiendo que esta se convierta en una posible mordaza contra la libertad de expresi\u00f3n. Organizaciones como FINJUS, el Colegio Dominicano de Periodistas y la Sociedad de Diarios, se han posicionado diciendo que esta se constituir\u00eda en un mecanismo de censura previa.<\/p>\n\n\n\n<p>Al ser cuestionada sobre el proyecto en el Sol de la Ma\u00f1ana, este 20 de mayo, Melania Salvador respondi\u00f3 que este est\u00e1 consignado en la constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica, en el art\u00edculo 44.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-style-default is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p><em>Art\u00edculo 44.- Derecho a la intimidad y el honor personal. Toda persona tiene derecho a la intimidad. Se garantiza el respeto y la no injerencia en la vida privada, familiar, el domicilio y la correspondencia del individuo. Se reconoce el derecho al honor, al buen nombre y a la propia imagen. Toda autoridad o particular que los viole est\u00e1 obligado a resarcirlos o repararlos conforme a la ley. <\/em><\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<p>\u201cSi se leen los contenidos de esta pieza legislativa, se deduce que no hay ninguna distorsi\u00f3n ni ninguna privaci\u00f3n de la libertad de expresi\u00f3n (&#8230;) Es un proyecto que en nada atenta en contra de la difusi\u00f3n de pensamiento\u201d, afirm\u00f3 la senadora al ser entrevistada.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 dice la Ley?&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La ley tiene como objetivo delimitar y proteger el derecho a la intimidad, al honor, al buen nombre y a la propia imagen de todas las intromisiones consideradas ileg\u00edtimas por la ley.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto define el derecho fundamental a la intimidad como el \u00e1mbito que la persona desea excluir del conocimiento de personas fuera de su c\u00edrculo m\u00e1s \u00edntimo y de las intromisiones de terceros en contra de su voluntad.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El derecho al honor es la estimaci\u00f3n o apreciaci\u00f3n que un individuo tiene de s\u00ed mismo en virtud del reconocimiento que los dem\u00e1s hacen de su dignidad.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El derecho fundamental a la propia imagen es la prerrogativa de toda persona f\u00edsica de usar su propia imagen o autorizar su uso por parte de un tercero.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>El proyecto determina que un tercero s\u00f3lo podr\u00e1 hacer uso de la imagen de una persona con el consentimiento informado previo y expreso del titular del derecho<\/strong>, salvo que la imagen sea captada en un lugar o evento p\u00fablico y sea utilizada para la presentaci\u00f3n de una informaci\u00f3n noticiosa, art\u00edstica o estrictamente personal.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1les son las penalidades que establece la ley?&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La violaci\u00f3n al derecho fundamental a la intimidad, al honor y al buen nombre, se considerar\u00e1 como difamaci\u00f3n. Para esto, la Ley establece las sanciones contenidas en el C\u00f3digo Penal y otras medidas complementarias.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan el C\u00f3digo Penal, la difamaci\u00f3n es la alegaci\u00f3n o imputaci\u00f3n de un hecho, que ataca el honor o la consideraci\u00f3n de la persona o del cuerpo al cual se imputa. La difamaci\u00f3n o injuria p\u00fablica dirigida contra el Jefe de Estado, se castigar\u00e1 con la pena de 3 meses a 1 a\u00f1o de prisi\u00f3n y con una multa.<\/p>\n\n\n\n<p>La difamaci\u00f3n o la injuria hechas a los Diputados, o Representantes al Congreso, a los Secretarios de Estado, a los Magistrados de la Suprema Corte o de los tribunales de primera instancia, o a los Jefes y Soberanos de las naciones amigas, se castigar\u00e1 con prisi\u00f3n de 1 a 6 meses y con una multa.<\/p>\n\n\n\n<p>La difamaci\u00f3n contra los particulares se castigar\u00e1 con prisi\u00f3n de 6 d\u00edas a 3 meses y una multa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Las medidas complementarias que plantea el proyecto de Ley son:<\/strong><br><br>1. Publicaci\u00f3n de una disculpa por parte del infractor, divulgada por la prensa, medios, o por cualquiera de las redes sociales.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Recibir charlas de orientaci\u00f3n ciudadana con relaci\u00f3n a la infracci\u00f3n y servir como difusor en charlas.<\/p>\n\n\n\n<p>3. Publicaci\u00f3n durante una semana auspiciada por el infractor y gestionada por el Ministerio P\u00fablico, informando que el primero ha pedido disculpas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 dicen FINJUS y las organizaciones period\u00edsticas?&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan FINJUS, este proyecto pudiera limitar el ejercicio de la libertad de expresi\u00f3n e instituirse en un mecanismo de censura previa. Tambi\u00e9n consideran que deben ser revisados \u201clos principios de legalidad, seguridad, finalidad, razonabilidad, idoneidad y proporcionalidad\u201d y que el proyecto contiene conceptos que pueden resultar indeterminados como \u201cinter\u00e9s de hacer da\u00f1o\u201d, \u201cjuicios desfavorables\u201d, entre otros.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Al igual que FINJUS, el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) y la Sociedad Dominicana de Diarios consideraron que el proyecto atenta contra la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Para ampliar sobre esto, hablamos con Aldo Garc\u00eda, abogado especializado en Derecho P\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>El Mitin (EM) \u2013\u00bfPor qu\u00e9 los Diputados o Senadores est\u00e1n exentos de la aplicaci\u00f3n de esta ley?&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Aldo Garc\u00eda (AG) \u2013Seg\u00fan el art\u00edculo 85 de la Constituci\u00f3n, los legisladores gozan de inmunidad por las opiniones que expresen en las sesiones. Esta prerrogativa, tal como lo ha dicho el Tribunal Constitucional espa\u00f1ol, \u201cno ampara cualesquiera actuaciones de los parlamentarios y s\u00ed s\u00f3lo sus declaraciones de juicio o de voluntad (\u00abopiniones\u00bb)\u201d. Asimismo, ha dicho que \u201cesta garant\u00eda no alcanza sino a la conducta de su titular en tanto que miembro del \u00f3rgano colegiado, cesando, por lo tanto, cuando el sujeto desplegase ya su conducta -incluso con trascendencia \u00abpol\u00edtica\u00bb- al margen de las funciones parlamentarias\u201d (STC 51\/1985, de 10 de abril).<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n vale aclarar que \u201clas prerrogativas parlamentarias deben ser interpretadas estrictamente para no devenir privilegios que puedan lesionar derechos fundamentales de terceros\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese sentido, no toda opini\u00f3n realizada por los legisladores en el hemiciclo del Congreso se encuentra amparada por esta prerrogativa, sino \u00fanicamente aquella realizada estrictamente en el marco de las funciones legislativas contempladas en la Constituci\u00f3n. De manera que no ampara los insultos, pues extralimitan el objetivo de libre formaci\u00f3n de la voluntad del \u00f3rgano legislativo y no contribuyen a la argumentaci\u00f3n de sus ideas.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, mi preocupaci\u00f3n no va en el sentido de la inmunidad parlamentaria por opini\u00f3n, pues es una disposici\u00f3n constitucional, sino en su aplicaci\u00f3n en la pr\u00e1ctica, dada la pobre cultura de debate legislativo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>EM \u2013El proyecto de Ley dice que un tercero s\u00f3lo podr\u00e1 hacer uso de la imagen de una persona con el consentimiento informado previo y expreso del titular del derecho, salvo que la imagen sea captada en un lugar o evento p\u00fablico, tambi\u00e9n dice que el consentimiento ser\u00e1 revocable en cualquier momento. \u00bfNo consideras que esto pone en riesgo la libertad de prensa?&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>AG \u2013No, esta revocatoria del consentimiento se refiere al consentimiento previamente informado que el titular de la imagen haya otorgado, no as\u00ed a las im\u00e1genes captadas en un lugar o evento p\u00fablico para fines noticiosos, art\u00edsticos o estrictamente personales.<\/p>\n\n\n\n<p>Nuevamente, mi preocupaci\u00f3n gira en torno a su aplicaci\u00f3n, dado que algunos medios de comunicaci\u00f3n hacen un uso abusivo de la libertad de prensa, incurriendo en difamaci\u00f3n e injuria. En ese sentido, vale decir que, si dicha imagen captada en un espacio abierto y p\u00fablico es utilizada para lesionar el honor, deber\u00eda ser sancionable.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>EM \u2013Si un funcionario o legislador es captado siendo abusivo con su pareja, \u00bfno consideras que esto es de inter\u00e9s p\u00fablico y, por ende, trasciende el concepto de intimidad que contiene la Ley?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>AG \u2013Es de inter\u00e9s p\u00fablico; sin embargo, publicar v\u00eddeos de violencia de g\u00e9nero revictimiza a las v\u00edctimas y vulnera el derecho a la intimidad. Por tanto, las v\u00edctimas tienen derecho a la eliminaci\u00f3n de im\u00e1genes vejatorias.<\/p>\n\n\n\n<p>En nuestro pa\u00eds, se ha hecho un mal uso del tratamiento de las im\u00e1genes, y si bien esa es una informaci\u00f3n relevante para los medios de comunicaci\u00f3n, lo correcto es no divulgarlas y, en cambio, remitirlas al Ministerio P\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>EM \u2013\u00bfCu\u00e1les consideras que son las fortalezas de la Ley y por qu\u00e9 crees que es necesaria?&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>AG \u2013El proyecto de ley org\u00e1nica hace aportes importantes, tales como la inclusi\u00f3n de principios y garant\u00edas fundamentales como la dignidad humana, el cual es un valor supremo, principio fundamental y fundamento de la Constituci\u00f3n, as\u00ed como el principio de razonabilidad y proporcionalidad, el cual es un principio de reglamentaci\u00f3n e interpretaci\u00f3n de los derechos fundamentales y tambi\u00e9n es una garant\u00eda fundamental.<\/p>\n\n\n\n<p>Otro aporte que hace el proyecto de ley es que pasa de ser un proyecto de ley de derecho penal, como la Ley n\u00fam. 6132, de expresi\u00f3n y difusi\u00f3n del pensamiento, a uno que extiende el derecho a la libertad de expresi\u00f3n con su \u00fanico l\u00edmite el respeto a los derechos y la reputaci\u00f3n de los dem\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n<p>De hecho, los \u00fanicos tipos penales que se contemplan son la difamaci\u00f3n e injuria y estrictamente en el sentido de las definiciones establecidas en el C\u00f3digo Penal.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>EM \u2013\u00bfCu\u00e1les son los puntos por mejorar de la ley?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>AG \u2013Algunas nociones son ambiguas y requieren una mejora de redacci\u00f3n. En particular, me preocupa el art\u00edculo 23, sobre la emisi\u00f3n de juicios insultantes, por un lado, se establece que \u201cla emisi\u00f3n de juicios insultantes o vejaciones innecesarias para una labor informativa o de formaci\u00f3n de la opini\u00f3n si es susceptible de generar responsabilidad (\u2026)\u201d. \u00bfHay alg\u00fan juicio insultante que sea necesario para dicha labor? La pregunta es relevante, pues al principio del art\u00edculo, se establece que el car\u00e1cter hiriente de una informaci\u00f3n no constituye en s\u00ed mismo una afectaci\u00f3n al honor.<\/p>\n\n\n\n<p>Al respecto, vale aclarar que tanto la libertad de prensa como la libertad de opini\u00f3n permite el tono cr\u00edtico; sin embargo, cuando se habla del car\u00e1cter hiriente parece incluir los juicios insultantes. En ese sentido,<strong> es necesaria una mejora de redacci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por esa raz\u00f3n, m\u00e1s que una ley mordaza, como han dicho algunas personas, me parece que podr\u00eda darse el efecto contrario.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde la aprobaci\u00f3n del Proyecto de Ley que regula la protecci\u00f3n al derecho a la intimidad, el honor, el buen nombre y la propia imagen, propuesto por la senadora Melania Salvador (PRM), se han generado opiniones encontradas.<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>","protected":false},"author":2,"featured_media":3956,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"pgc_meta":"","footnotes":""},"categories":[361,362],"tags":[467],"class_list":["post-3953","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-congreso","category-senado","tag-censura"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3953","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3953"}],"version-history":[{"count":10,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3953\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3966,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3953\/revisions\/3966"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3956"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3953"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3953"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3953"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}