{"id":5022,"date":"2024-04-18T12:37:20","date_gmt":"2024-04-18T16:37:20","guid":{"rendered":"https:\/\/elmitin.do\/?p=5022"},"modified":"2024-04-18T12:37:21","modified_gmt":"2024-04-18T16:37:21","slug":"terminos-para-entender-el-proceso-electoral-del-2024","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elmitin.do\/en\/partidos\/elecciones-2024\/terminos-para-entender-el-proceso-electoral-del-2024\/","title":{"rendered":"T\u00e9rminos para entender el proceso electoral del 2024"},"content":{"rendered":"<p><em>Especial Elecciones 2024 para El Mitin<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><br>Como parte del programa de educaci\u00f3n, en noviembre del 2023 la Junta Central Electoral (JCE) puso a disposici\u00f3n de la ciudadan\u00eda\u00a0 el instructivo <strong><em>\u201cAbec\u00e9 Electoral\u201d<\/em><\/strong>, un documento que recoge informaci\u00f3n b\u00e1sica y oportuna sobre los comicios electorales, as\u00ed como del sistema electoral dominicano y su composici\u00f3n, haciendo a la vez, un llamado a los electores a que ejerzan el voto <strong>\u201cde forma consciente, informado y con responsabilidad\u201d<\/strong> y dejando claro que el sufragio debe hacerse de manera<strong> \u201clibre, directa, secreta y con igualdad\u201d.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Bajo el lema <strong><em>\u201cEducando a la Ciudadan\u00eda\u201d<\/em><\/strong> est\u00e1 especie de gu\u00eda pr\u00e1ctica e ilustrativa est\u00e1 compuesta por 40 p\u00e1ginas, en el cual la JCE orienta a la poblaci\u00f3n desde el derecho que tiene el ciudadano de elegir y ser elegido, as\u00ed como de vivir en una sociedad democr\u00e1tica, representativa y participativa.<\/p>\n\n\n\n<p>A prop\u00f3sito del objetivo de esta publicaci\u00f3n educativa que est\u00e1 orientado a <strong>estimular los electores y electoras a votar de forma consciente<\/strong>, en esta ocasi\u00f3n hemos seleccionado algunos t\u00e9rminos com\u00fanmente utilizados a nivel t\u00e9cnico y medi\u00e1tico mientras se desarrollan los procesos electorales.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, tambi\u00e9n presentamos algunas definiciones que forman parte del <strong><em>Diccionario Electoral (2018) <\/em><\/strong><em>elaborado<\/em> por el Tribunal Superior Electoral (TSE), durante la gesti\u00f3n de Rom\u00e1n J\u00e1quez Liranzo, hoy presidente del pleno de la JCE.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>T\u00e9rminos y definiciones:&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Democracia: <\/strong>Garant\u00eda de la libertad, igualdad y pluralismo y aunque admite la discrepancia o diferencia, siempre busca mecanismos que permitan -al pueblo- ponerse de acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Calendario electoral: <\/strong>Es un cronograma de trabajo y\/o etapas de un proyecto electoral en el que se detallan las distintas fases del proceso y la fecha en que misma deben ocurrir. La idea fundamental es la estructuraci\u00f3n l\u00f3gica y cronol\u00f3gica de las distintas etapas de una elecci\u00f3n, con suficiente antelaci\u00f3n, de forma tal que se pueda dar la preparaci\u00f3n log\u00edstica y legal necesaria para solventar cada una de ellas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Sufragio: <\/strong>Es el derecho que establece la Constituci\u00f3n de elegir y ser elegible.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Voto consciente: <\/strong>El voto es un acto de confianza por quien se cree nos puede representar en la administraci\u00f3n del Estado. A la hora de ejercerlo es importante que las personas est\u00e9n bien informadas, consciente de sus derechos, deberes y conozcan las propuestas de cada candidato o candidata.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Recinto electoral:<\/strong> Son los locales o lugares donde funcionan los colegios electorales.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Colegios Electorales: <\/strong>Es el espacio en donde la Junta Central Electoral y Juntas Electorales agrupan a ciudadanos y ciudadanas acorde a su residencia, con el prop\u00f3sito de que ejerzan el sufragio en las Asambleas Electorales y otros mecanismos de participaci\u00f3n popular, debidamente convocados de conformidad con la Constituci\u00f3n y las leyes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Voto V\u00e1lido: <\/strong>Cuando se observa la intenci\u00f3n del elector\/a.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Voto Observado: <\/strong>Cuando no se tiene la certeza respecto al derecho que le asiste a un ciudadano o ciudadana a votar.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Voto Nulo:<\/strong> Cuando no se observa la intenci\u00f3n del elector\/a.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Boletas de votaci\u00f3n: <\/strong>Es el medio f\u00edsico o electr\u00f3nico mediante el cual el elector expresa su voluntad y ejerce su voto en forma universal, igualitaria, directa y secreta, pudiendo \u00e9l mismo ser escrutado p\u00fablicamente. A trav\u00e9s de ellas el elector manifiesta su voluntad a favor de un candidato o lista de candidatos, as\u00ed como apoyo o rechazo sobre cuestiones de inter\u00e9s p\u00fablico, cuando se activan cualquiera de los mecanismos de democracia directa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Escrutinio:<\/strong> En el \u00e1mbito pol\u00edtico-electoral, el escrutinio hace referencia a la funci\u00f3n p\u00fablica mediante la cual, una vez concluida la jornada electoral, se verifican y consolidan los resultados de las votaciones. Consiste en el conteo, valorizaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de los votos emitidos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Padr\u00f3n Electoral: <\/strong>Se refiere a la base de datos que contiene la informaci\u00f3n de identidad y electoral relativa a cada inscrito que conforma el padr\u00f3n de electores, destinado al Colegio Electoral, y ser\u00e1 el \u00fanico que se utilizar\u00e1 para fines de votaci\u00f3n de los sufragantes el d\u00eda de las elecciones (art. 91, de la ley 20- 23). Para estas elecciones contar\u00e1 con alrededor de 8,096,412 de electores.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Miembros de colegios electorales: <\/strong>Son los ciudadanos(as) que, habiendo sido capacitados(as) y seleccionados(as), son nombrados(as) y acreditados(as) por las Juntas Electorales en sus respectivas jurisdicciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Circunscripciones Electorales:<\/strong> Demarcaci\u00f3n que se toma como criterio para distribuir los esca\u00f1os o puestos electivos, tomando en consideraci\u00f3n el conjunto de votos emitidos en la misma. Existen circunscripciones uninominales que aqu\u00ed se elige un solo candidato (presidente\/a, senador\/as y alcald\u00edas) y plurinominales que escogen a los y las regidores\/as, vocales de distrito y diputados\/as.<\/p>\n\n\n\n<p>Las elecciones nacionales para elegir diputados y diputadas y regidores\/as lo hacen por circunscripciones electorales, partiendo de la divisi\u00f3n en sectores, secciones y parajes asignada por la JCE, de conformidad con el n\u00famero de habitantes<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Niveles de Elecci\u00f3n: <\/strong>Estos contienen candidaturas indivisibles o no fraccionables en s\u00ed mismas. En Rep\u00fablica Dominicana se desarrollan siete niveles de elecci\u00f3n y se clasifican en: presidencial, senatorial, diputaciones, alcald\u00edas, regidur\u00edas, directores distritales y vocal\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Cargo de elecci\u00f3n popular: <\/strong>Son aquellas funciones p\u00fablicas cuyos titulares son determinados por la poblaci\u00f3n mediante una elecci\u00f3n directa, de primer grado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Segunda vuelta electoral:<\/strong> Se registra cuando ninguno de los contendientes alcanza el porcentaje en la primera vuelta (en Rep\u00fablica Dominicana es el 50+1) y debe celebrarse una segunda votaci\u00f3n entre los dos candidatos m\u00e1s votados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Justicia electoral: <\/strong>Tambi\u00e9n conocida como procedimiento contencioso electoral tiene la finalidad esencial la protecci\u00f3n aut\u00e9ntica de la participaci\u00f3n pol\u00edtica, esto es la tutela eficaz del derecho a elegir o a ser elegido, para desempe\u00f1ar un cargo p\u00fablico, mediante un conjunto de garant\u00edas a los participantes a trav\u00e9s de la aplicaci\u00f3n de las leyes afines.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Delitos electorales: <\/strong>Todas las acciones que violen las leyes que rigen los procesos electorales. Por ejemplo: \u00abobstaculizar, sugestionar o intimidar\u00bb a una persona antes o despu\u00e9s del voto, publicar la elecci\u00f3n, comprar o vender una c\u00e9dula, amenazar para que otra persona vote a uno u otro partido y pedir favores por el voto se considerar\u00e1n delitos electorales y la condena podr\u00eda llegar a ser de c\u00e1rcel.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Sistema electoral dominicano:<\/strong> Se rige por la Constituci\u00f3n, las leyes N\u00fameros: 20-23, 33-18, 157-13, 176-07, 29-11, que establecen el marco legal en el cual interact\u00faan la Junta Central Electoral, las Juntas Electorales, los Colegios Electorales, las organizaciones pol\u00edticas y el Tribunal Superior Electoral.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Junta Central Electoral (JCE): <\/strong>M\u00e1xima autoridad en materia de administraci\u00f3n y organizaci\u00f3n de los procesos electorales. \u00d3rgano aut\u00f3nomo con personalidad jur\u00eddica e independencia t\u00e9cnica, administrativa, presupuestaria y financiera. Su finalidad principal es organizar y dirigir asambleas electorales para la celebraci\u00f3n de elecciones y mecanismos de participaci\u00f3n popular establecidos por la Constituci\u00f3n y las leyes.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Pleno de la JCE: <\/strong>Es la m\u00e1xima instancia del \u00f3rgano electoral, conformado por: un (1) presidente y cuatro (4) miembros titulares y sus suplentes, los cuales son elegidos por el Senado de la Rep\u00fablica, con el voto de las dos terceras partes de los\/as senadores\/as presentes, por un periodo de 4 a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Miembros de las juntas electorales: <\/strong>Son los ciudadanos(as) seleccionados(as), nombrados(as) y acreditados(as) por la Junta Central Electoral en sus respectivas jurisdicciones, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la ley y la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica para conformar las Juntas Electorales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Delegados pol\u00edticos: <\/strong>Son los representantes designados por los partidos pol\u00edticos reconocidos y est\u00e1n acreditados en las diferentes instancias electorales, como son: Junta Central Electoral, Juntas Electorales y los Colegios Electorales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Polic\u00eda Militar Electoral: <\/strong>Cuerpo especializado que est\u00e1 integrado por miembros de las Fuerzas Armadas y la Polic\u00eda Nacional, bajo la direcci\u00f3n y mando del Pleno de la Junta Central Electoral y la supervisi\u00f3n de un oficial general designada por el Poder Ejecutivo, cuya misi\u00f3n es velar por la preservaci\u00f3n y mantenimiento del orden en los locales de la Junta Central Electoral y dem\u00e1s dependencias de este organismo, incluyendo los Colegios Electorales el d\u00eda de las elecciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Observadores electorales: <\/strong>Personas acreditadas por la Junta Central Electoral, debidamente identificadas como tal, para observar el proceso electoral en todo el pa\u00eds (sin intervenir en el mismo). Hay dos categor\u00edas de observadores: nacional e internacional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Mesa auxiliar para personas con discapacidad: <\/strong>Espacios habilitados dentro de los recintos , con colegios electorales de dos y tres niveles para facilitar el ejercicio del voto a las personas con discapacidad y adultos mayores.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Oficinas de Coordinaci\u00f3n de Log\u00edstica Electoral en el Exterior (OCLEE): <\/strong>Fueron creadas por la JCE para la captaci\u00f3n, reclutamiento, capacitaci\u00f3n y selecci\u00f3n de las personas que conformar\u00e1n los Colegios Electorales con apego a las disposiciones y bajo su supervisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En cada demarcaci\u00f3n de votaci\u00f3n en el exterior existe una OCLEE, la cual desempe\u00f1a funciones similares a las atribuidas a las Juntas Electorales, con la prerrogativa de juzgar las situaciones que se presenten a prop\u00f3sito de las objeciones efectuadas en los Colegios Electorales en el exterior, especialmente sobre votos objetados y votos anulables.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>-Tribunal Superior Electoral: <\/strong>Es el \u00f3rgano responsable de la justicia electoral y m\u00e1xima autoridad en materia contenciosa electoral. Tiene la competencia de juzgar y decidir con car\u00e1cter definitivo sobre esos asuntos contenciosos electorales y estatuir los diferendos que surjan a lo interno de los partidos, agrupaciones y movimientos pol\u00edticos. Reglamenta, de conformidad con la ley, los procedimientos de su competencia y lo relativo a su organizaci\u00f3n y funcionamiento administrativo y financiero.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Y ahora que tienes informaci\u00f3n oportuna, recuerda que el domingo 19 de mayo tienes una cita con la democracia y con tu pa\u00eds. Acude a las urnas y elige votar.<\/strong><\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como parte del programa de educaci\u00f3n, en noviembre del 2023 la Junta Central Electoral (JCE) puso a disposici\u00f3n de la ciudadan\u00eda\u00a0 el instructivo \u201cAbec\u00e9 Electoral\u201d, un documento que recoge informaci\u00f3n b\u00e1sica y oportuna sobre los comicios electorales, as\u00ed como del sistema electoral dominicano y su composici\u00f3n, haciendo a la vez, un llamado a los electores a que ejerzan el voto \u201cde forma consciente, informado y con responsabilidad\u201d y dejando claro que el sufragio debe hacerse de manera \u201clibre, directa, secreta y con igualdad\u201d.<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>","protected":false},"author":30,"featured_media":5023,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"pgc_meta":"","footnotes":""},"categories":[396],"tags":[],"class_list":["post-5022","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-elecciones-2024"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5022","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/30"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5022"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5022\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5024,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5022\/revisions\/5024"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5023"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5022"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5022"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5022"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}