{"id":5502,"date":"2025-06-23T08:35:04","date_gmt":"2025-06-23T12:35:04","guid":{"rendered":"https:\/\/elmitin.do\/?p=5502"},"modified":"2025-06-23T08:36:00","modified_gmt":"2025-06-23T12:36:00","slug":"si-necesitamos-un-nuevo-codigo-penal-pero-no-uno-cualquiera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elmitin.do\/en\/opinion\/si-necesitamos-un-nuevo-codigo-penal-pero-no-uno-cualquiera\/","title":{"rendered":"S\u00ed, necesitamos un nuevo C\u00f3digo Penal, pero no uno cualquiera"},"content":{"rendered":"<p>Es importante que la discusi\u00f3n de un nuevo C\u00f3digo Penal no se reduzca a una simple lectura y aprobaci\u00f3n autom\u00e1tica, basada en las similitudes entre las distintas propuestas legislativas actualmente conocidas por la Comisi\u00f3n Bicameral.<\/p>\n\n\n\n<p>Por el contrario, las disposiciones deben ser analizadas, debatidas y votadas conforme a la t\u00e9cnica jur\u00eddico-legislativa, y no a prejuicios que no resisten un an\u00e1lisis jur\u00eddico ni racional, pero que, de ser aprobados supondr\u00edan un grave retroceso legislativo.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde inicios de 2025, han sido sometidos a las c\u00e1maras legislativas alrededor de seis proyectos de C\u00f3digo Penal. Si bien se trata de seis iniciativas, cinco de ellas son pr\u00e1cticamente similares \u2014por no decir id\u00e9nticas\u2014 y una, presentada por el senador Antonio Taveras, introduce importantes novedades tanto en su estructura como en el contenido de sus disposiciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta propuesta considera no s\u00f3lo el contexto constitucional actual \u2014que no puede faltar\u2014, sino tambi\u00e9n los tratados internacionales en materia de derechos humanos ratificados por el Estado dominicano, cuya incorporaci\u00f3n requiere una adecuaci\u00f3n coherente del marco penal.<\/p>\n\n\n\n<p>Recientemente, importantes autoridades y personalidades se han hecho eco de la imperiosa necesidad de aprobar el C\u00f3digo Penal en esta legislatura. Y s\u00ed, estamos completamente de acuerdo: un nuevo C\u00f3digo Penal es una necesidad urgente.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo ha sido durante m\u00e1s de veinte a\u00f1os. Saludamos la voluntad pol\u00edtica para aprobarlo ahora, pero advertimos que esa premura no puede sacrificar la rigurosidad jur\u00eddica ni la t\u00e9cnica legislativa que un texto de esta naturaleza exige.<\/p>\n\n\n\n<p>Si bien toda ley es importante, el C\u00f3digo Penal tiene una relevancia mayor, pues constituye el marco normativo sobre el cual el Ministerio P\u00fablico dise\u00f1a la pol\u00edtica criminal del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>Ning\u00fan Estado avanza en medio de la inseguridad. Y para garantizar seguridad, se necesita institucionalidad, claridad normativa y un cuerpo legal que tipifique las nuevas formas de participaci\u00f3n delictiva y los modos en que el crimen ha evolucionado.<\/p>\n\n\n\n<p>S\u00ed, necesitamos un nuevo C\u00f3digo Penal, pero no uno que elimine la violencia de g\u00e9nero como categor\u00eda jur\u00eddica, ni la sustituya con t\u00e9rminos ambiguos o de contenido distinto, por entender err\u00f3neamente que hablar de violencia de g\u00e9nero es \u201chablar de ideolog\u00eda\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Esa es una interpretaci\u00f3n contraria al texto constitucional, que condena expresamente la violencia intrafamiliar y de g\u00e9nero en todas sus formas, y ordena al Estado prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.<\/p>\n\n\n\n<p>No, la Ley 24-97 sobre violencia intrafamiliar no fue creada para fastidiar a los hombres como algunos legisladores han se\u00f1alado durante el estudio del proyecto, sino para proteger a las mujeres. Y aunque supuso un avance hist\u00f3rico, las mujeres siguen muriendo a manos de sus parejas o exparejas.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre 2020 y 2023, entre un 44 % y un 51% de las muertes de mujeres fueron provocadas por sus parejas, conforme a los datos oficiales de la Oficina Nacional de Estad\u00edstica (ONE). No se puede legislar ignorando esa realidad.<\/p>\n\n\n\n<p>S\u00ed, necesitamos un nuevo C\u00f3digo Penal, pero uno que establezca la responsabilidad penal de las personas jur\u00eddicas y, por extensi\u00f3n, del propio Estado, los ayuntamientos y las iglesias. No podemos repetir tragedias como la del Jet Set, donde la negligencia de los propietarios se vio agravada por la dejadez e inacci\u00f3n de las autoridades. La seguridad de las personas no puede depender de la voluntad del empresariado cumplirla.<\/p>\n\n\n\n<p>Tampoco podemos seguir tolerando que menores de edad sufran violaciones y agresiones sexuales por parte de pastores o ministros religiosos, ni que personas pierdan su patrimonio por malversaci\u00f3n de l\u00edderes que debieron proteger su fe.<\/p>\n\n\n\n<p>No se trata de atacar, sino de que, mediante la ley, se obligue a las instituciones a supervisar y prevenir abusos, para que las personas bajo su cuidado o influencia no terminen siendo v\u00edctimas.<\/p>\n\n\n\n<p>Necesitamos un C\u00f3digo Penal para evitar m\u00e1s muertes, m\u00e1s p\u00e9rdidas y m\u00e1s impunidad.<\/p>\n\n\n\n<p>S\u00ed, necesitamos un C\u00f3digo Penal que fortalezca la lucha contra la explotaci\u00f3n sexual de ni\u00f1as y ni\u00f1os. Para nadie es un secreto que existen destinos tur\u00edsticos internos marcados por el abuso sexual infantil. Esta realidad debe abordarse sin tapujos.<\/p>\n\n\n\n<p>Proteger a las mujeres y a nuestros ni\u00f1os es proteger a la familia. No se protege la familia escondiendo los abusos bajo la alfombra, ni negando su existencia en nombre de una supuesta moral.<\/p>\n\n\n\n<p>La Rep\u00fablica Dominicana tiene una deuda hist\u00f3rica con las mujeres asesinadas por sus parejas y con los hu\u00e9rfanos que dej\u00f3 esa violencia. \u00bfCu\u00e1ntos ni\u00f1os y ni\u00f1as ha dejado sin madre la inacci\u00f3n de las autoridades? \u00bfC\u00f3mo los protege ahora el Estado?<\/p>\n\n\n\n<p>S\u00ed, necesitamos un C\u00f3digo Penal, pero uno que respete la proporcionalidad entre la infracci\u00f3n cometida, el da\u00f1o causado y la pena impuesta.<\/p>\n\n\n\n<p>No se puede aprobar un c\u00famulo de penas de un siglo o m\u00e1s. Ser\u00eda inconstitucional y violentar\u00eda el art\u00edculo 40.16 de la Constituci\u00f3n, que establece que las penas deben estar orientadas a la reeducaci\u00f3n y la reinserci\u00f3n social. No se trata de quitarles derechos a las v\u00edctimas, sino de garantizarles justicia sin sacrificar el debido proceso.<\/p>\n\n\n\n<p>S\u00ed, necesitamos un C\u00f3digo Penal que sancione la corrupci\u00f3n, que establezca su imprescriptibilidad \u2014o al menos un plazo no inferior a treinta a\u00f1os\u2014 y que incluya de forma clara delitos como la concusi\u00f3n (cobro ilegal de un funcionario o servidor p\u00fablico) y la firma de contratos p\u00fablicos sin cumplir los requisitos legales. Estas son pr\u00e1cticas comunes que drenan recursos del erario. Dinero que debi\u00f3 destinarse a salud, educaci\u00f3n y al bienestar colectivo.<\/p>\n\n\n\n<p>Nuestro C\u00f3digo Penal actual data de 1884. Ha sobrevivido por m\u00e1s de un siglo porque fue hecho con rigor t\u00e9cnico y jur\u00eddico. Pero ya no resiste m\u00e1s parches. No necesitamos un texto nuevo que nazca obsoleto, ni uno que deba ser reformado cada a\u00f1o para resolver errores evitables.<\/p>\n\n\n\n<p>Necesitamos un nuevo C\u00f3digo Penal, s\u00ed, pero uno que sea constitucional, justo, moderno y \u00fatil para la sociedad dominicana.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Es importante que la discusi\u00f3n de un nuevo C\u00f3digo Penal no se reduzca a una simple lectura y aprobaci\u00f3n autom\u00e1tica, basada en las similitudes entre las distintas propuestas legislativas actualmente conocidas por la Comisi\u00f3n Bicameral.<br \/>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>","protected":false},"author":67,"featured_media":5503,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"pgc_meta":"","footnotes":""},"categories":[5],"tags":[232],"class_list":["post-5502","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-opinion","tag-codigo-penal"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5502","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/67"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5502"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5502\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5504,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5502\/revisions\/5504"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5503"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5502"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5502"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elmitin.do\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5502"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}