
En la propuesta de reforma constitucional socializada por la Consultoría del Poder Ejecutivo se propone reducir a la cantidad de diputadas o diputados de elección popular de 178 a 110. Asimismo, se propone aumentar de 5 a 20 la cantidad de diputadas o diputados nacionales, designados por acumulación de votos. Sobre este particular, la propuesta vista sin contexto y sin análisis práctico, parece gozar de popularidad; sin embargo, creo necesario que dediquemos tiempo a reflexionar sobre la pertinencia de las mismas.
Respecto de la reducción de diputadas o diputados de elección popular de 178 a 110 se ha reiterado que la propuesta responde, principalmente, a una necesidad de naturaleza económica: se ha planteado que, al año, sus integrantes le cuestan al Estado RD$582,698,642., y con la reducción el costo bajaría a RD$420,156,389.52[1].
Sin embargo, la democracia cuesta. Mantener el funcionamiento eficaz de los órganos que sostienen la democracia, tiene un costo económico cuyo cuestionamiento no debe limitarse a promover la reducción de representación ciudadana en el órgano que supone ser la mayor expresión de la voluntad democrática. El descrédito de un órgano debe hacer cuestionar, ante todo, la calidad de la representación.
Un ejemplo del rol de la Cámara de Diputados es que en ese escenario fue donde se frenó la aprobación de un proyecto de código penal anacrónico y divorciado de las reglas más básicas del derecho punitivo. Este no es un ejemplo de mal funcionamiento. La cámara es tanto un espacio de consensos como de disensos, un espacio donde se materializa la voluntad general, sujeto a reglas, no un sello gomígrafo de gobernantes; de donde la dificultad en la concreción de propuestas legislativas tampoco debe ser considerada como un problema que justificaría la reducción de la cuota de representantes.
Con esto no quiero decir, ni he dicho, que esté en contra de la reducción de curules pues, por el contrario, favorezco un sistema unicameral -aquel en donde el poder legislativo está compuesto por una sola cámara- que goce de mayor representatividad democrática. Ahora bien, creo que el enfoque económico no basta por sí solo. Si así fuera, sugeriría enfocar la atención en la adopción de medidas para anular privilegios como, por ejemplo, el llamado “barrilito”.
Me parece importante que se expliquen los motivos y “el interés del presidente Luis Abinader” en reducir la representación ciudadana en “la casa de la democracia”, si se pretende que esta propuesta pueda gozar de legitimidad social y política. Aprovecho para recordar que una constitución es -debe ser- una expresión de la sociedad, no de la voluntad o del interés de un individuo en dejar un legado.
Respecto de las curules para diputaciones nacionales por acumulación de votos, resulta preocupante pues, en términos prácticos, aunque estas han sido diseñadas con el objeto de garantizar la representatividad de partidos o agrupaciones minoritarias en la Cámara de Diputados, en la práctica sucede un fenómeno distinto.
Recordemos que estas plazas son postuladas directamente por los partidos, alianzas o coaliciones mediante listas cerradas y bloqueadas. La ciudadanía no vota por su selección directamente, sino que se les elige cuando votamos en el recuadro de un partido político, exigiendo la constitución y la ley 20-23 que no hayan obtenido escaños en ese nivel y que hayan alcanzado no menos del 1% de los votos válidos emitidos.
Ahora bien, en la práctica: 1. Se le dificulta a los partidos minoritarios alcanzar 1% de los votos válidos emitidos sin alianzas con los mayoritarios; 2. los partidos mayoritarios favorecen a sus propias candidaturas mediante alianzas con los minoritarios; y 3. en ese contexto, la Ley 20-23 termina favoreciendo a los partidos mayoritarios que sí alcanzaron representación en ese nivel diputaciones por elección directa[2], a pesar de los esfuerzos de la Junta Central Electoral por regular el asunto orientado a la razón de ser de esas plazas en favor de la representatividad de los partidos minoritarios y la diversidad.
Parecería que una reforma del texto que aumenta las plazas de diputaciones nacionales se traduciría en mayor representatividad democrática, pero no sería así en la práctica. De ahí que esta propuesta de reforma sólo tendría sentido si se elimina o reduce la exigencia a los partidos minoritarios que presenten listas individuales alcanzar 1% de los votos válidos emitidos para ocupar las plazas dispuestas en la Constitución, a la vez que modificar la ley 20-23.
De cara al interés de reforma, parte de la coherencia discursiva debe ser que las propuestas respondan a una real necesidad ciudadana, orientada a garantizar el bienestar general y el fortalecimiento de la democracia en favor del pueblo y solo del pueblo. Fiscalizando el uso adecuado de los recursos, pero comprendiendo que la democracia, cuando funciona, no tiene precio.
[1] Ver: https://www.diariolibre.com/politica/congreso-nacional/2024/08/08/la-reduccion-de-los-congreso-disminuiria-el-presupuesto-congresual/2812183
[2] Sobre las elecciones recientes: https://www.diariolibre.com/politica/jce/2024/05/24/esta-es-la-lista-de-diputados-nacionales-2024-2028/2732938 . Sobre cuestionamientos sobre postulación de familiares en estas plazas: https://www.diariolibre.com/politica/partidos/2024/04/26/partidos-postulan-a-su-cupula-o-familiares-para-diputados-nacionales/2660277
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