
Es importante que la discusión de un nuevo Código Penal no se reduzca a una simple lectura y aprobación automática, basada en las similitudes entre las distintas propuestas legislativas actualmente conocidas por la Comisión Bicameral.
Por el contrario, las disposiciones deben ser analizadas, debatidas y votadas conforme a la técnica jurídico-legislativa, y no a prejuicios que no resisten un análisis jurídico ni racional, pero que, de ser aprobados supondrían un grave retroceso legislativo.
Desde inicios de 2025, han sido sometidos a las cámaras legislativas alrededor de seis proyectos de Código Penal. Si bien se trata de seis iniciativas, cinco de ellas son prácticamente similares —por no decir idénticas— y una, presentada por el senador Antonio Taveras, introduce importantes novedades tanto en su estructura como en el contenido de sus disposiciones.
Esta propuesta considera no sólo el contexto constitucional actual —que no puede faltar—, sino también los tratados internacionales en materia de derechos humanos ratificados por el Estado dominicano, cuya incorporación requiere una adecuación coherente del marco penal.
Recientemente, importantes autoridades y personalidades se han hecho eco de la imperiosa necesidad de aprobar el Código Penal en esta legislatura. Y sí, estamos completamente de acuerdo: un nuevo Código Penal es una necesidad urgente.
Lo ha sido durante más de veinte años. Saludamos la voluntad política para aprobarlo ahora, pero advertimos que esa premura no puede sacrificar la rigurosidad jurídica ni la técnica legislativa que un texto de esta naturaleza exige.
Si bien toda ley es importante, el Código Penal tiene una relevancia mayor, pues constituye el marco normativo sobre el cual el Ministerio Público diseña la política criminal del Estado.
Ningún Estado avanza en medio de la inseguridad. Y para garantizar seguridad, se necesita institucionalidad, claridad normativa y un cuerpo legal que tipifique las nuevas formas de participación delictiva y los modos en que el crimen ha evolucionado.
Sí, necesitamos un nuevo Código Penal, pero no uno que elimine la violencia de género como categoría jurídica, ni la sustituya con términos ambiguos o de contenido distinto, por entender erróneamente que hablar de violencia de género es “hablar de ideología”.
Esa es una interpretación contraria al texto constitucional, que condena expresamente la violencia intrafamiliar y de género en todas sus formas, y ordena al Estado prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
No, la Ley 24-97 sobre violencia intrafamiliar no fue creada para fastidiar a los hombres como algunos legisladores han señalado durante el estudio del proyecto, sino para proteger a las mujeres. Y aunque supuso un avance histórico, las mujeres siguen muriendo a manos de sus parejas o exparejas.
Entre 2020 y 2023, entre un 44 % y un 51% de las muertes de mujeres fueron provocadas por sus parejas, conforme a los datos oficiales de la Oficina Nacional de Estadística (ONE). No se puede legislar ignorando esa realidad.
Sí, necesitamos un nuevo Código Penal, pero uno que establezca la responsabilidad penal de las personas jurídicas y, por extensión, del propio Estado, los ayuntamientos y las iglesias. No podemos repetir tragedias como la del Jet Set, donde la negligencia de los propietarios se vio agravada por la dejadez e inacción de las autoridades. La seguridad de las personas no puede depender de la voluntad del empresariado cumplirla.
Tampoco podemos seguir tolerando que menores de edad sufran violaciones y agresiones sexuales por parte de pastores o ministros religiosos, ni que personas pierdan su patrimonio por malversación de líderes que debieron proteger su fe.
No se trata de atacar, sino de que, mediante la ley, se obligue a las instituciones a supervisar y prevenir abusos, para que las personas bajo su cuidado o influencia no terminen siendo víctimas.
Necesitamos un Código Penal para evitar más muertes, más pérdidas y más impunidad.
Sí, necesitamos un Código Penal que fortalezca la lucha contra la explotación sexual de niñas y niños. Para nadie es un secreto que existen destinos turísticos internos marcados por el abuso sexual infantil. Esta realidad debe abordarse sin tapujos.
Proteger a las mujeres y a nuestros niños es proteger a la familia. No se protege la familia escondiendo los abusos bajo la alfombra, ni negando su existencia en nombre de una supuesta moral.
La República Dominicana tiene una deuda histórica con las mujeres asesinadas por sus parejas y con los huérfanos que dejó esa violencia. ¿Cuántos niños y niñas ha dejado sin madre la inacción de las autoridades? ¿Cómo los protege ahora el Estado?
Sí, necesitamos un Código Penal, pero uno que respete la proporcionalidad entre la infracción cometida, el daño causado y la pena impuesta.
No se puede aprobar un cúmulo de penas de un siglo o más. Sería inconstitucional y violentaría el artículo 40.16 de la Constitución, que establece que las penas deben estar orientadas a la reeducación y la reinserción social. No se trata de quitarles derechos a las víctimas, sino de garantizarles justicia sin sacrificar el debido proceso.
Sí, necesitamos un Código Penal que sancione la corrupción, que establezca su imprescriptibilidad —o al menos un plazo no inferior a treinta años— y que incluya de forma clara delitos como la concusión (cobro ilegal de un funcionario o servidor público) y la firma de contratos públicos sin cumplir los requisitos legales. Estas son prácticas comunes que drenan recursos del erario. Dinero que debió destinarse a salud, educación y al bienestar colectivo.
Nuestro Código Penal actual data de 1884. Ha sobrevivido por más de un siglo porque fue hecho con rigor técnico y jurídico. Pero ya no resiste más parches. No necesitamos un texto nuevo que nazca obsoleto, ni uno que deba ser reformado cada año para resolver errores evitables.
Necesitamos un nuevo Código Penal, sí, pero uno que sea constitucional, justo, moderno y útil para la sociedad dominicana.
Lo que dice la gente